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Aborto no punible: sigue vigente el protocolo de 2015

Aborto no punible: sigue vigente el protocolo de 2015

Aún no se sabe cuándo resolverán si Salta adhiere a la nueva guía. Según Ricardo Villada, "no hay ningún plazo" para tomar una decisión.

Ayer por la mañana, en el Centro Cívico Grand Bourg, el ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia, Ricardo Villada, brindó una conferencia de prensa para aclarar que en Salta sigue vigente el protocolo de aborto no punible que la Nación elaboró en 2015 y al que la Provincia adhirió en mayo del año pasado.

El martes, desde el Gobierno provincial anunciaron que Salta no adherirá de forma automática a la nueva guía de procedimientos para la interrupción legal del embarazo (ILE) que elaboró la Nación y que entró en vigencia el viernes. Antes de hacerlo -o no-, analizarán los alcances de este protocolo y pedirán la opinión de los legisladores.

La primera funcionaria provincial que salió a hablar de este asunto la semana pasada fue la ministra de Salud Pública, Josefina Medrano, quien deslizó que Salta adheriría a la última versión del protocolo, mientras que la conferencia de prensa de ayer estuvo solo a cargo del ministro político del Gabinete.

"Estamos abiertos a analizar el documento que ha emitido el ministro de Salud de la Nación con rigor científico, técnico y político. Vamos a escuchar lo que opinan las Cámaras", expresó el funcionario.

Villada aseguró que se "van a tomar el tiempo prudente para ver si adhieren a la nueva versión del protocolo nacional", aunque aclaró que "no hay ningún plazo" para tomar esta decisión.

Consideró que deben analizar las diferencias que plantea la nueva guía con respecto a la anterior, sobre todo, "desde la salud": "La estamos analizando desde el punto de vista médico y de nuestro sistema de salud, para no generar una adhesión que no podamos cumplir".

El ministro informó que ayer se reunieron la ministra de Salud Pública y el fiscal de Estado, Agustín Pérez Alsina, en el Senado para hablar sobre este tema.

Ante las consultas de periodistas, el ministro aclaró que la salud pública es potestad de las provincias: "Vamos a agotar las instancias para decir: "El protocolo que ha dictado el Ministerio de Salud de la Nación es más conveniente para nuestra provincia, para las mujeres que sufren esta situación y, por lo tanto, avanzamos en esa dirección'".

Villada aseguró que "la Provincia va a seguir atendiendo el aborto no punible, que es un derecho establecido por el Código Penal" y que no consideran elaborar una guía a nivel provincial, como la que se hizo en 2012: "Salta ya ha decidido adherir al protocolo nacional (de 2015). Lo único que consideramos es si es factible que la nueva versión del protocolo sea implementada en nuestra provincia".

El protocolo nacional, que se oficializó los primeros días de gestión de Alberto Fernández, es similar al que había firmado tres semanas antes el entonces secretario de Salud Adolfo Rubinstein, que luego fue vetado por el expresidente Mauricio Macri.

El flamante ministro de Salud de la Nación aseguró que este protocolo fue actualizado por dos razones centrales: por un lado, las modificaciones que introdujo el Código Civil y Comercial de 2015 y, por otro, las cuestiones relacionadas con los avances científicos.

Entre las modificaciones más importantes se destaca, en primer lugar, la objeción de conciencia, que es individual. Que un profesional que se niegue a realizar una ILE no debe demorar la concreción de la práctica. En casos graves y si se tratare del único profesional disponible en un centro de salud, debe realizar la práctica aún siendo objetor de conciencia.

Además, se cambia la edad, a la luz del nuevo Código Civil. No se requiere declaración jurada a quienes tienen menos de 13 años para realizar la práctica, quienes deben acudir acompañadas de sus padres o de adultos a cargo. De 13 a 16 años se considera el principio de autonomía progresiva y en este rango solo se requiere la presencia de un adulto en casos graves o ante una emergencia. A partir de los 16, se considera que la persona es autónoma.

También se actualizó el régimen de medicamentos, según la pauta 2018 de la OMS, que considera como "estándar de oro" la combinación entre las drogas misoprostol y mifepristona.

Sobre los plazos

Ricardo Villada aseguró ayer que el protocolo actualizado que implementó la Nación la semana pasada establece un plazo de 10 días para la atención, mientras que el protocolo anterior no lo fijaba. “No sabemos si va a ser factible atender con esa premura los casos”, manifestó.

El otro aspecto que Villada evaluó como “diferencia” entre la guía actual y la anterior fue la introducción del concepto de salud integral. “(Hay) una cuestión un poco más de fondo: cambia el paradigma. El protocolo anterior hablaba solo referido al riesgo de vida y el protocolo nuevo habla de cuestiones más integrales: salud también desde el punto de vista mental”, expresó.

El concepto de salud integral en el protocolo 2015

Implica el “estado de bienestar físico, psíquico y social”, según el texto.

El Hospital Materno Infantil es centro de referencia.

El ministro de Gobierno, Derechos Humanos, Trabajo y Justicia de Salta, Ricardo Villada, se refirió al nuevo protocolo para la interrupción legal de embarazo (ILE) cuando es producto de una violación o pone en riesgo la salud de la madre. Opinó que se debe analizar si poner en vigencia instrumento porque incorpora el concepto de “salud integral”

El protocolo nacional de 2015 (página 15), que está vigente en Salta desde el año pasado, dice: “Según la OMS, la salud implica el ‘completo estado de bienestar físico, psíquico y social, y no solamente la ausencia de enfermedades o afecciones’ (OMS, 2006). Una atención adecuada y completa de situaciones que habilitan la ILE implica necesariamente una visión integral de la salud”.

El artículo 86 Código Penal (1921) establece que el aborto no es punible cuando la persona que está embarazada ha sido abusada sexualmente o cuando corre riesgo su vida o su salud. 

En el 2012, este artículo fue interpretado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través del fallo denominado FAL por las iniciales de una víctima de violación y estableció sus alcances.

La Corte de Justicia determinó que en estos casos se debe interrumpir el embarazo sin necesidad de que un juez lo autorice e instó a los gobiernos a dictar protocolos sobre cómo se debe dar la atención hospitalaria.

En 2012, Salta estableció un protocolo propio a través del decreto 1.170, que establecía que la persona que sufriera una violación debía presentar una denuncia penal para acceder al tratamiento.

En mayo de 2018, a través del decreto 584, la Provincia adhirió al protocolo nacional de 2015, el cual rige desde el año pasado.

El debate sobre el tema resurgió en los últimos días porque el Gobierno de la Nación implementó un protocolo que establece los pasos a seguir ante el embarazo de una víctima de violación o cuando la gestación pone en riesgo a la madre.

Fuente de la Información: El Tribuno



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