JUSTICIA

Tartagal: Quince años de prisión para un policía que abusó de cuatro sobrinas

Tartagal: Quince años de prisión para un policía que abusó de cuatro sobrinas

La jueza Sandra Mabel Sánchez, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio de Tartagal condenó a un hombre de 35 años, por ser autor de los delitos de abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) en concurso real; abuso sexual con acceso carnal (dos hechos) y abuso sexual con acceso carnal (un hecho).

El hombre recibió la pena de quince años de prisión efectiva, por lo que continuará detenido en la Alcaidía 2 de Tartagal. Una vez firme la sentencia, será trasladado a la cárcel penitenciaria local.

El Servicio Médico del Poder Judicial practicará un examen físico del condenado, donde se constatarán las señas particulares que permitan una identificación integral.

Además, una vez firme la sentencia se realizará un examen genético del hombre por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), para su posterior inscripción en el Banco de Datos Genéticos, previa asignación del Dato Único de Identificación Genética (DUIG).

La Oficina de Gestión de Audiencias del Poder Judicial será la encargada de inscribirlo en el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual y en el Registro Provincial de Condenados vinculados a esos delitos.

Además se comunicó la sentencia al Juzgado de Violencia Familiar y de Género de ese Distrito.

El hombre, se desempeñaba como personal policial. Había sido denunciado entre 2018 y 2019 por abusar de cuatro sobrinas, que al momento del hecho tenían entre 7 y 13 años. En ese tiempo, mantenía contacto periódico con las víctimas con el pretexto de ayudarles en sus tareas escolares. Fue denunciado en dos oportunidades diferentes, por las madres de las niñas, que eran hermanas de su expareja y de la actual.

 

Nota: Se omitió el nombre completo de las personas involucradas para preservar la identidad de la menor y su derecho a la intimidad y confidencialidad, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño (artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional, Ley 23849) y las Leyes 26061 de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, y 26522 de Servicio de Comunicación Audiovisual.

Fuente de la Información: Poder Judicial



MÁS DE JUSTICIA