JUSTICIA

Vendió un auto robado y fue condenado por estafa

Vendió un auto robado y fue condenado por estafa

Walter Juan Juan (41) fue condenado por venderle un auto robado a J. Y. E. En juicio abreviado, se le impuso al acusado la pena de un año y seis meses de prisión condicional por el delito de estafa.

El denunciante dijo que le vendió a Juan Juan una camioneta y el imputado le entregó como parte de pago un automóvil y 50 mil pesos en efectivo. Acordaron que al saldo de 110 mil pesos, Juan Juan se lo pagaría en tres cuotas. La transacción se realizó en una escribanía, con boleto de compra venta. El damnificado contó que el imputado le entregó la cédula verde y al resto de la documentación se la exhibió pero la retuvo con el pretexto de dársela a un gestor para que le hiciera la transferencia.

Alrededor de 25 días después, J. Y. E. se encontraba en casa de una compañera de estudios, en barrio Tres Cerritos, cuando se presentaron en el domicilio efectivos policiales. Con ellos se encontraba J. E. B., quien decía ser propietario del auto que le había entregado Juan Juan como parte de pago.

Efectivamente, J. E. B. había radicado denuncia varios meses antes por el robo de su vehículo. El hombre refirió que había comprado el auto por la suma de 70 mil pesos y que lo llevó a un taller mecánico ubicado en calle San Juan para que le arreglaran el tren delantero. Transcurrió el tiempo y el dueño del taller no le entregaba el vehículo. Pasó alrededor de una quincena y un día, cuando fue a preguntar por su auto, advirtió que el rodado ya no estaba en el taller. El mecánico le dijo que lo habían llevado a otro sitio para que le revisaran el sistema eléctrico. Posteriormente, siguieron las evasivas hasta que el dueño del taller dejó de responderle las llamadas.

La jueza Mónica Faber, vocal de la Sala V del Tribunal de Juicio, condenó a Walter Juan Juan y le impuso las siguientes reglas de conducta por el lapso de dos años: fijar domicilio y comunicar cualquier cambio al tribunal en un plazo de 48 horas; prohibición de salir del país sin permiso del tribunal; no cometer nuevo delito; prohibición de consumir bebidas alcohólicas y estupefacientes; someterse al control del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados. Todo ello con expreso apercibimiento de revocarse la modalidad de prisión en suspenso en caso de incumplimiento.

Fuente de la Información: Poder Judicial



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